Conoce los principales cambios o novedades y cómo te afectan
El nuevo sistema de cotización para las personas trabajadoras autónomas queda recogido en el Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, que establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos por cuenta propia y mejora la protección por cese de actividad.
Por tanto como se aproxima la fecha de su entrada en vigor, el próximo día 1 de enero de 2023, hoy queremos dejarte estos aspectos más importantes:
- Todas las personas que trabajen por cuenta propia, cotizarán a la S. Social en función de sus rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales. Se calculará el rendimiento neto compatible de cada una de las actividades ejercidas de acuerdo con lo previsto en las normas del IRPF. Del importe resultante, se deducirá un 7% en concepto de gastos generales, excepto en determinados casos que será del 3%.
- Para nuevas altas a partir del 1 de enero de 2023, el plazo para comunicar las actividades a la S.Social es hasta el 31 de octubre de 2023. Tanto el alta inicial como la comunicación de dichas actividades se podrá realizar a través de IMPORTASS, portal de la Tesorería General de la S.Social.
- Partiendo del promedio mensual de los rendimientos netos anuales, se seleccionará la base de cotización que determinará la cuota a pagar. Anualmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado, establecerá una tabla de bases de cotización, que se dividirá en tramos con una cotización mínima y una máxima. Por tanto a partir del 1 de enero de 2023, los trabajadores autónomos tendrán la obligación de declarar sus rendimientos previstos. Para autónomos ya dados de alta, los rendimientos previstos se podrán comunicar hasta el 31 de octubre de 2023, salvo que tengas que comunicar un cambio de tu base de cotización y comunicar tu previsión de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, antes del 28 de febrero de 2023
- En IMPORTASS hay un simulador , existiendo la posibilidad de cambiar la base de cotización si varían los rendimientos, siendo posible seleccionar cada 2 meses una nueva base de cotización y por tanto una nueva cuota, con un máximo de 6 cambios al año. Finalizado el año natural la Administración Tributaria regularizará.
- Respecto al a Tarifa Plana, durante el periodo 2023-2025 pasará a ser de 80€/mes durante los 12 meses de actividad. Se solicitará en el momento de realizar el alta. Se podrá prorrogar durante otros 12 meses a aquellos que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional y así lo soliciten en Importass.
Además incluye la legislación, la tarifa plana específica para personas con discapacidad, victimas de violencia de género ó victimas de terrorismo. También novedades en los beneficios aplicables para autónomos por cuidado de menor con una enfermedad grave y a las autónomas por reincorporación a la actividad.
Fuente: www.seg-social.es
Nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos a partir del 1 de enero de 2023