El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado recientemente un Decreto para regular la concesión directa de subvenciones destinadas a las personas trabajadoras autónomas y a las pymes, que transformen puestos de trabajo presenciales de personas asalariadas en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia, y/o realicen contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia.
El plazo de solicitud de estas ayudas está abierto hasta el próximo 30 de septiembre y se podrá pedir la ayuda por actuaciones subvencionables ejecutadas desde el 14 de marzo de 2020 hasta la finalización del plazo de solicitud.
¿En qué consiste esta ayuda?
Se trata de la concesión directa de 700€ por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia. En cuanto a las nuevas contrataciones de puestos de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia, la cuantía de la ayuda será de 3.000€ por cada una de ellas. Estas cuantías de subvención se incrementarán un 20% si se trata de una persona con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33% y que requiera adaptación para el desempeño del trabajo a distancia.
¿Pueden pedir esta ayuda cualquier pyme ó autónomo de cualquier sector?
Es necesario tener al menos algún asalariado/a para poder solicitarla y se excluyen aquellas empresas que pertenecen a los sectores de la pesca y la acuicultura; empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas; empresas que operen en la transformación y comercialización de los productos agrícolas; actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros; entendiéndolo como las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora; y las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir y obligaciones? Entre los requisitos más destacados figura:
a) Realizar la actividad económica y las actuaciones objeto de subvención dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
b) Que la actividad a desarrollar por el trabajador para el que se solicita la ayuda sea susceptible de realizarse mediante trabajo a distancia.
c) Si el beneficiario es persona trabajadora autónoma, en el momento de presentar la solicitud de subvención que esté dado de alta en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución en la forma prevista en este decreto y legislación concordante.
e) En la solicitud no se podrán incluir puestos de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia desempeñados por personas trabajadoras para las que ya se percibió subvención al amparo del Decreto 61/2020.
Respecto a las obligaciones, es necesario mantener el puesto de trabajo durante al menos 12 meses y sustituir al trabajador/a en el plazo de 30 días si se extinguiese esa relación laboral, según establece el decreto de estas ayudas.
¿Cómo se pueden solicitar estas ayudas?
Las solicitudes se realizarán mediante vía telemática, se harán a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (https: www.jccm.es).
Pueden ampliar información en DECRETO