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Actualidad del Vivero

Ayudas para el sector turístico
Subvenciones destinadas al estímulo del consumo de servicios turísticos a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19
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El Diario Oficial de Castilla la Mancha  acaba de publicar la regulación de la concesión directa de subvenciones con objeto de potenciar la promoción y comercialización de iniciativas de estímulo al consumo de servicios por parte de las personas consumidoras, prestados por el sector turístico de Castilla La Mancha.

Serán subvencionables dos líneas de subvención:

Línea 1: Ayudas a la promoción y comercialización de productos y servicios turísticos.

Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea, las asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, turismo activo y ecoturismo y las asociaciones de profesionales del sector turístico.

¿Qué actuaciones se subvencionan?

Gastos de publicidad y de fomento de la comercialización con el siguiente desglose:

1º. Diseño, promoción y comercialización de productos.

2º. Acciones de promoción externa que contribuyan a la comercialización y promoción del destino turístico.

3º. Campañas publicitarias de comunicación en medios offline y online de ámbito regional, nacional e internacional.

4º. Confección de folletos, guías, catálogos u otros tipos de soportes publicitarios.

No se considerará subvencionable ningún otro gasto diferente, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación.

Línea 2. Ayudas para financiar las bonificaciones en el precio final del servicio de alojamiento a la persona consumidora.

Las entidades beneficiarias de esta línea, serán aquellas pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales, y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos; así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.

¿Qué se subvencionará?

Las bonificaciones sobre la tarifa del servicio de alojamiento en hoteles y hostales a la persona consumidora dependiendo de la categoría del establecimiento.

¿Cúal es la cuantía de la ayuda?

En la Línea 1 se subvencionará el 90% del gasto subvencionables, con los siguientes límites:

1º. Una subvención de hasta 15.000 euros cuando la asociación tenga más de 100 asociados.

2º. Una subvención de hasta 7.000 euros cuando la asociación tenga de 51 hasta 100 asociados.

3º. Una subvención de hasta 5.000 euros cuando la asociación tenga de 20 hasta 50 asociados.

4º. Una subvención de hasta 2.000 euros cuando la asociación tenga hasta 19 asociados.

En la Línea 2, las cuantías máximas por cada bonificación serán las siguientes:

1º. Para hostales y hoteles de 1 estrella, la cuantía será de un máximo de 12 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 4.000 euros.

2º. Para hoteles de 2 y 3 estrellas, la cuantía será de un máximo de 20 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000 euros.

3º. Para hoteles de 4 y 5 estrellas, la cuantía será de un máximo de 30 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000 euros.

¿Cómo y cuándo se solicita la ayuda?

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm. es).

El plazo de solicitud estará abierto desde el 23 de noviembre a 4 de diciembre de 2020.